Concejo Municipal

ORDENANZA Nº 0010 ( PDF )

ORDENANZA MUNICIPAL. REGIMEN PARA CONVENIOS DE INICIATIVA COMUNITARIA

ARTICULO 1º: Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar convenios con cooperativas de trabajo de características comunitarias, reconocidas con Personería Jurídica Provincial y Naiconal, para la encomendación de pequeñas obras y servicios que ocupen mano de obra de modo intensivo, y que no se encuentren concesionados.

ARTICULO 2º: El presente régimen regirá opcionalmente para todas las contrataciones cuyos montos no alcancen el límite mínimo establecido por la Ley 2756 (Orgánica de Municipalidades) y Ordenanza N° 0004/22 (Régimen de compras y contrataciones municipales) para el llamado a Licitación Pública, respetando la normativa para el régimen de compra directa y concurso público de precios según correspondiere.

ARTICULO 3º: Los convenios serán celebrados por las partes para la realización de los siguientes actos:

Para la realización de trabajos públicos.

Para el mantenimiento rutinario de obras y/espacios públicos. Se entenderá por tareas de mantenimiento de obras y espacios públicos, entre otras, las siguientes: bacheo y reparación de veredas, senderos peatonales, remodelación de plazas, refacción interal de edificios públicos, escamonda, extracción de árboles, desmalezamiento, parquización, mantenimiento de espacios verdes, plantación de árboles, zanjeo a cielo abierto, rectificación de zanjas, entubamiento, alcantarillado, fumigación y desratización, entre otros.

ARTICULO 4º: Los convenios referidos serán denominados Iniciativa Comunitaria, y las instituciones que deseen participar en ellos deberán reunir los siguientes requisitos y condiciones: Poseer personería jurídica subsistente, otorgada por organismos públicos provinciales y/o nacionales.

Las cooperativas deberán tener su domicilio legal y fiscal en la ciudad de Sauce viejo, con antiguedad de residencia de seis meses como mínimo, como así también de todos los integrantes de las instituciones ut supra (Comisión y Socios) deberán poseer y acreditar tener domicilio en la ciudad de Sauce Viejo. Además, es indispensable que los integrantes de cada organización formen parte solamente de una cooperativa, la cual debe asegurar la equidad de géneros y disidencias, así como la inclusión de personas con discapacidad.

Acreditar una trayectoria pública y comunitaria que prueba la seriedad necesaria para la propuesta a ejecutar, exceptuándose a aquellas que se formaresn o crearen con posterioridad a la promulgación de la presente ordenanza.

Contar con un parque de herramientas y elementos adecuados con la prpuesta ofrecida, así como el aprestamiento técnico necesario para la correcta ejecución de la misma.
Estar inscripto en las cargas impositivas y sociales que serán obligatorias a los efectos de la propuesta a ejecutar.

En ningún caso el persoal afectado a la realización de los trabajos integrantes de las cooperativas establecidas en el artículo 1° de la presente, guardará relación laboral alguna con la Municipalidad de la Ciudad de Sauce Viejo. Esta condición formará parte del contrato de Iniciativa comunitaria celebrado entre la Municipalidad y la institución.

Presentar póliza de seguro la cual deberán incluir nómina del total y de cada una de las personas aseguradas, el riesgo cubierto acorde a las tareas que el personal debe realizar, cláusula de no repetición a favor de la Municipalidad de Sauce viejo, las condiciones de pago acordada (en cuotas o en un solo pago), coprobante de pago correspondiente alas cuotas devengadas a la fecha de presentación los cuales deberán ser emitidos por la compañia de seguros, no por el productor de seguros.

Estar inscriptas en el registro a que hace referencia el artículo 5° de la presente acompañando conjutnamente nómina de todo su personal con sus respectivas constancias de inscripción ante la AFIP y comrprobante de pago.

En caso de haberse adjudicado el servicio y la institución comunitaria firmante no cumpla con el convenio prefijado, la Municipalidad de la Ciudad de Sauce Viejo, en uso de sus facultades excluisivas, ejercerá su poder de control y fiscalización, debiendo decidir unilateralmente la caducidad del convenio en cuestión.

Para que la institución proceda al/los pago/s de los servicios realizados por los beneficiarios de este plan, será obligatorio realizarlo/s a través de una cuenta bancaria a nombre del mismo en una entidad crediticia.

El Departamento Ejecutivo Municipal debe enciar informes trimestrales al Honorable Concejo Municipal debe enviar informes trimestrales al Honorable concejo Municipal sobre cuáles son las organizaciones beneficiarias del programa.

ARTICULO 5º: Créase en el ámbito d ela Administración Municipal un Registro de Entidades Comunitarias, proveedoras de los bienes y servicios objeto del presente régimen, con als modalidades y requisitos que los reglamentos exijan. A tosos los efectos, este registro se denominará 2REGISTRO DE PROVEEDORES - RÉGIMEN DE INICIATIVA COMUNITARIA".

ARTICULO 6º: Dentro de los noventa (90) días de promulgada la presente, el Departamento Ejecutivo Municipal dictará la reglamentación pertinente a los efectos de asegurar en todos los casos la transparencia de los actos y una adecuada calidad en los servicios, resguardando en todos los casos el espíritu de este régimen.

ARTICULO 7º: El Departamento Ejecutivo Municipal dictará el Instumento Técnico necesario para la prsentación de los Proyectos el cual deberá contener la especificidad de la requisitoria técnica, jurídica, económica financiera y documental exigida, dentro delos noventa (90) días siguientes de promulgada la presente.

ARTICULO 8º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a deducir lso importes resultantes de la aplicación delos trabajos mencionados en el artículo 10 de la presente, del fondo de Obras Públicas Municipal.

ARTICULO 9º: El Departamento Ejecutivo Municipal informará trimestralmente al Honorable Concejo Municipal de las adjudicaciones efectuadas bajo el presente.

ARTICULO 10º: Comuníquese, publíquese y archívese.

SAUCE VIEJO, Sancionada: 31 de Marzo de 2022


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